Reclamación de Seguro de Vida de prima única (PUF) asociado a préstamo hipotecario.

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Hasta hace unos años, y más concretamente desde el año 2002, era habitual ver que muchas entidades bancarias como BBVA, Caixabank, Sabadelll, Santander, Bankia, Banco Popular, Bankinter, Banco Mare Nostrum, Kutxabank, ING, IberCaja, Caja Rural o Bantierra eran propensas a incluir cláusulas de seguro de prima única en sus contratos de préstamo hipotecario con aseguradoras de su confianza.

Recientemente, y desde la aprobación de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario – en adelante, LCCI – esto ha sido considerado no solo por los Tribunales sino por el propio Banco de España una mala práctica que no debe perpetuarse.

Por ello se ESTÁ CONDENANDO A ENTIDADES BANACARIAS A LA DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES ABONADAS EN CONCEPTO DE SEGURO DE VIDA en su modalidad de PAGO ÚNICO. ¿Te suena de algo? ¿Crees que cuando suscribiste la hipoteca pagaste “todo de golpe” un seguro de vida que aumentó la cantidad que en un principio solicitaste? Continúa leyendo este post, porque seguramente te interese lo que viene.

            El artículo 17 de la LCCI viene a PROHIBIR las prácticas de venta vinculada a préstamos salvo unas excepciones muy tasadas. Como mencionábamos, una practica habitual de los bancos ha sido condicionar la aprobación de tu hipoteca si también contratabas con ellos un seguro de vida con una aseguradora de su grupo empresarial o de su confianza, ya fuera en pagos mensuales ya fuera en un pago único bajo el pretexto de aplicarte algún tipo de bonificación o rebaja en tu tipo de interés y así “pagar menos intereses”.

La realidad es bien distinta. Cada vez que se concedía un crédito hipotecario, se obligaba a los clientes a contratar un seguro de vida, muchas veces con una duración de varios años y, con el fin de “ocultar su coste”, este se incluía en el importe de la hipoteca, por lo que el cliente terminaba pagando no solo una elevada prima respecto a la que solicitó, sino también, intereses sobre la misma.  

Si bien es cierto que, en determinados supuestos, un seguro de vida puede resultar una opción interesante a la hora de suscribir un préstamo hipotecario, lo que no es válido se puede es imponer una póliza específica.

El cliente tiene el derecho de elegir el seguro que más le convenga, con las condiciones que le resulten más favorables e incluso si esta es ajena a la familia empresarial de la entidad bancaria

¿Qué documentación necesitamos para la reclamación?

  • Contrato de préstamo hipotecario.
  • Copia de la póliza de seguro de vida vinculado al préstamo en modalidad de pago único.
  • Cualquier comunicación, correspondencia o extracto donde se refleje la vigencia y la cantidad pagada/restante de la prima.

Por ello, en AMT Abogado te animamos a que si en su momento crees que contrataste un seguro de vida de pago único y éste sigue en vigor nos CONTACTES para que examinemos sin compromiso la viabilidad de tu reclamación y puedas recuperar el dinero que has pagado de más.

Existe la posibilidad de recuperar totalmente el precio del seguro de vida si ha sido pagado de golpe, pero en algunos casos, los tribunales están restituyendo únicamente las cantidades correspondientes a los periodos no disfrutados aún de la póliza.

Etiquetas:

Banco,Pago único,Préstamo Hipotecario,Productos vinculados,Seguro de vida

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