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5 Pasos a seguir tras sufrir un accidente de tráfico.

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Según la DGT, en lo que llevamos de año ha habido 787 siniestros mortales y 859 fallecidos. Una de las principales causas de los accidentes de tráfico suele ser las distracciones al volante.

Por desgracia, no siempre es culpa del propio conductor sino de los demás conductores en su conjunto por lo que es importante saber cómo actuar ante este tipo de situaciones ya que un paso mal dado puede implicar que se perciba una indemnización insuficiente o que incluso no se llegue a percibir nada.

En AMT Abogado te damos los cinco primeros pasos fundamentales a seguir en esta delicada situación.

  1. Comprobar tu integridad y la de las otras personas involucradas en el accidente.

Lo primero que debes hacer es asegurarte que tú y el resto de ocupantes estáis bien y que no sufrís ningún daño que necesite de urgencia asistencia médica. Una vez hayas comprobado que tú y el resto de pasajeros estáis bien, comprueba que la otra parte involucrada en el accidente también se encuentra estable y consciente.

Siempre y cuando sea posible es importante realizar fotografías antes de mover los vehículos (serán de gran utilidad a las compañías de seguro). Una vez hechas las fotografías y, siempre que se pueda, intentad apartar vuestros vehículos para evitar colapsar el tráfico.

  1. Rellenar el parte amistoso o llamar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para que levanten atestado.

Una vez hayáis completado el primer paso y estéis en un lugar seguro, proceded a rellenar con vuestros datos el parte amistoso pues este será de gran utilidad a las compañías aseguradoras a la hora de valorar las circunstancias que produjeron el accidente. Pueden darse dos situaciones:

  • Si ambas partes están de acuerdo en la forma en la que ha ocurrido el accidente deberían rellenar y firmar el parte amistoso. Aquí no se determina quién tiene o no la culpa pues ello lo determinará las compañías aseguradoras, así que es mejor dejar el ego a un lado y comprobar si estáis o no de acuerdo con la forma en la que se ha producido el accidente.
  • Si hay discrepancia en los hechos, la otra parte mantiene una actitud agresiva o una de las dos partes lo solicita, lo aconsejable es llamar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para que levanten atestado.

En él, los agentes tomarán los datos de las partes implicadas y realizarán las averiguaciones pertinentes para determinar la existencia o no de hechos delictivos. La importancia del atestado reside en la veracidad del mismo siendo prueba muy sólida en sede judicial al reunir las declaraciones de los implicados, testigos y huellas y rastros del accidente. Si has realizado fotografías de los vehículos antes de moverlos y antes de la llegada de los agentes, házselo saber y mándales las fotografías que resulten de interés.  

  1. Asistir a un Hospital o a Urgencias y seguir rehabilitación.

Cuando hayáis terminado de firmar el parte amistoso o los agentes hayan levantado atestado, es recomendable que tú y los ocupantes de tu vehículo acudáis al hospital más cercano, hayáis sufrido o no lesiones visibles (ya que algunas pueden ser internas o aparecer 24 horas después como el traumatismo cervical menor – antiguo latigazo cervical -) para que los médicos facultativos procedan a una asistencia médica inicial y emitan el parte de lesiones.

Si la asistencia sanitaria es prestada en el mismo lugar del accidente, existirá además un parte de ambulancia.

Recuerda que dentro de las 72 horas siguientes al accidente debes acudir a un centro hospitalario para recibir un tratamiento rehabilitador o para la emisión del parte de lesiones. Si se acude después de ese plazo, la compañía aseguradora podrá alegar que no existe relación de causalidad entre el accidente y las lesiones dado que no se ha cumplido el criterio cronológico.

Es importante saber que tendrás que rellenar en el propio hospital un documento de cobro a terceros. Ello es porque las asistencias médicas a lesionados de accidente de tráfico no son gratuitas y en dicho documento se factura la asistencia médica a las compañías aseguradoras, por ello es importante que lo cumplimentes lo antes posible con los datos del accidente.

  1. Informar a tu compañía de seguros.

En el artículo 16 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro se establece un plazo máximo de 7 días tras la ocurrencia del siniestro para dar parte a la compañía. Las personas obligadas para comunicarlo serán el propio tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario.

Comunicado el siniestro a las compañías aseguradoras éstas se pondrán en contacto para establecer quién ha sido el responsable y determinar su culpabilidad. Mientras tanto, en caso de haberse producido lesiones, tendrá lugar la rehabilitación y el alta del lesionado para establecer las secuelas en función al Baremo de Accidentes, así como tener en cuenta los daños materiales y morales producidos.

Es importante que, desde este momento nos contactes, solo así, iras sobre seguro en los pasos que tomes y se garantizará la máxima indemnización posible en relación al daño realmente sufrido.

  1. Hacer la reclamación previa a la entidad aseguradora.

Cuando se hayan cuantificado tanto daños personales, materiales, así como el lucro cesante, la parte que no haya tenido la culpa en el accidente presentará una reclamación previa a la entidad aseguradora del responsable del accidente y en 3 meses máximo desde la recepción de la reclamación le remitirán:

  • Una oferta motivada con una propuesta de indemnización. En caso de que la aceptemos, esta se hará efectiva en el plazo de 5 días.
  • Una respuesta motivada cuando la entidad aseguradora no quiera hacerse cargo de la indemnización por considerar que la culpa es exclusivamente nuestra o porque concurra una circunstancia limitativa o excluyente de responsabilidad.  

En ambos casos, lo más importante es que, antes de dar cualquier paso, nos consultes para comprobar toda la documentación y el cálculo de la oferta motivada antes de aceptar nada porque es habitual que en la práctica el importe no sea el correcto o no se haya tenido en cuenta alguna partida de gastos pese a tenerlas documentadas. Si no te convence la propuesta de la aseguradora y decides no aceptarla, podrás acudir a la vía judicial presentando demanda.


Es extremadamente importante que documentes y guardes toda la documentación que vayas recibiendo durante el proceso tal y como el partes amistoso, el atestado policial o el parte de lesiones, así como de cualquier tipo de gasto relacionados con el accidente como pueden ser: recibos de medicamentos, facturas de objetos rotos en el accidente, tickets de taxi para volver a casa, etc.

Etiquetas:

Accidente de tráfico,Aseguradora,Atestado policial,Daños corporales,Daños materiales,Lucro cesante,Oferta motivada,Respuesta motivada,Seguro de responsabilidad civil

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Álvaro Martínez Tellez

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